martes, 7 de abril de 2009

¿Hasta cuándo tengo para adaptarme como colegio profesional?

La Directiva 2006/123/CE establece como fecha límite de transposición a los estados miembros el próximo 28 de diciembre de 2009, no obstante, será la normativa nacional la que establezca una obligación legal de adaptación a estos nuevos requisitos.
El colegio profesional tiene que responder a la petición de que las comunicaciones sean telemáticas. Como se ha comentado anteriormente, la vaguedad del concepto 'telemático' permite que esa comunicación pueda ser hecha por un simple fax o un correo electrónico. El resto está en aprovechar la oportunidad que nos trae la ventanilla única para poner en marcha sistemas compatibles que apoyen la idea de modernización de las organizaciones colegiales.

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