martes, 7 de abril de 2009

Como colegio profesional, ¿estoy obligado a implantarlo?

La Directiva 2006/123/CE establece en su artículo 6 y 8 el derecho de los colegiados (prestadores del servicio) a realizar procedimientos y trámites relativos a su profesión a través de ventanilla única y de forma telemática. La vaguedad del concepto 'telemático' permite que bajo esa idea quepan las comunicaciones desarrolladas a través de e-Colegio o el envío de un simple fax. Desde Unión Profesional entendemos que la transposición de la Directiva de servicios ofrece una oportunidad estratégica para el desarrollo del e-Colegio como plataforma tecnológica federada a la ventanilla única de servicios que desarrolla la Administración General del Estado.
La Directica ha de ser traspuesta a nuestro ordenamiento antes del 28 de diciembre de este año.

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