Modelo evolutivo de VUDS
Como hemos venido informando, la ventanilla única de la directiva de servicios (VUDS) es un proyecto a largo plazo y de integración (con los diferentes sistemas de información de las autoridades competentes) que se manifiesta a través de tres subsistemas:
- Sistema de Información (que resuelve cualquier pregunta del prestador respecto a la información de los trámites que tiene que realizar y permite la actualización continua de esa información),
- Sistema de ayuda a la tramitación y
- Portal web de la VUDS (punto de interlocución con el prestador y el ciudadano).
Atendiendo al calendario y a la madurez tecnológica de las diferentes autoridades competentes, el Ministerio de la Presidencia (MPR) ha adoptado una visión posibilista de la VUDS, concibiendo la construcción de la VUDS de acuerdo a un modelo evolutivo que vaya de menos a más. El foco de actuación del ministerio ahora está en el sistema de información y, posteriormente, se irá avanzando hacia el sistema de tramitación (que, en todo caso, será solo de inicio a la tramitación). Esa concepción evolutiva de la VUDS también afecta al tipo de información que suministre el sistema. Dado que en una fase ulterior se prevé que la VUDS de respuesta también a cuestiones ligadas a la vida profesional (cambios de trabajo, en sociedades,…).
Sanciones
En la reunión del 18 de noviembre también se advirtió que tras un primer periodo de seis meses (enero-junio de 2010), que servirá de aprendizaje, evaluación y validación de las distintas VUDS de los estados miembros, todas aquellas autoridades competentes que no lo hayan hecho ya habrán de asumir un compromiso decidido con el funcionamiento de la VUDS. En ese momento, ya no habrá excusas para no tener un desarrollo tecnológico federado a la VUDS y de su inexistencia podrán derivarse incluso sanciones.
- Sistema de Información
Si bien es cierto que la autoridad competente decide la forma de gestionar y mantener su información y la de intercambiarla según los modelos establecidos por el Ministerio, este ha definido la información mínima que las autoridades competentes tienen que ofrecer. Cómo ofrecen las autoridades competentes esa información a la VUDS fue definido a través de tres opciones:
o Primera opción: (ideal) El modelo de sistema de información para la VUDS opera de forma federada con los sistemas de información de las autoridades competentes. Se da cuando la autoridad competente cuenta con un servicio web (intercambio de datos entre aplicaciones) integrado a la VUDS. Cada cambio que se produzca en el servicio web de referencia será invocado a la VUDS.
o Segunda opción: Si la autoridad competente no tiene un servicio web pero sí un enlace (url) en su web donde está la información, de acuerdo a la estructura de la información definida por Presidencia, la autoridad competente habrá de informar a la VUDS sobre dicha url. En este punto, hay que advertir que la url solicitada por el Ministerio es una url que recoge la información normalizada por profesión. En el caso de profesiones que cuentan con distintos requisitos según la provincia o la comunidad autónoma, el Ministerio pide que sean normalizados.
o Tercera opción: Para aquellas autoridades competentes que no tengan página web o que la tengan pero con menos información de la requerida por el Ministerio habrá de entregar la información en el formato que lo tengan y será cargado por el Ministerio de Presidente en una plataforma cedida.
En este punto, tanto el ministerio como UP recomiendan a las autoridades competentes que hagan una reflexión interna profunda sobre el objeto y la oportunidad de la VUDS para cumplir otro de los objetivos de la Directiva de Servicios (la estandarización y simplificación administrativa) y sobre el hecho de que esta herramienta será con el tiempo un punto de contacto básico con el colegiado, con el pre-colegiado y con el ciudadano/usuario de los servicios profesionales. - Sistema de Tramitación
Será un sistema de inicio a la tramitación porque la VUDS no tramita; tan sólo recolecta información y redirecciona. El sistema utilizará cualquier canal electrónico del que disponga la autoridad competente para la autenticación. Definir qué canal electrónico es una decisión de las autoridades competentes. El canal elegido habrá, en cualquier caso, de generar confianza con el sistema VUDS.
El correo de referencia para cualquier consulta con la VUDS es info.vuds@map.es
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